martes, 25 de junio de 2013

LEY DE ESCÁNER CONTRA EL DESARROLLO DICE COSEP

En días pasados la bancada de gobierno bajo un proceso limitado de consulta aprobó el dictamen de la Ley de Concesión de los Servicios de Inspección No Intrusiva en los Puestos de Control de Fronteras para la Seguridad Nacional por la cual se concesiono la adquisición de escáneres para los puestos aduaneros.

Por mucho tiempo hemos hecho gestiones ante el gobierno y organismos internacionales para que efectivamente nuestro país cuente con estos equipos para mejorar la seguridad del país, combatir el contrabando y facilitar el comercio.

Sin embargo tenemos que subrayar que el proceso aprobado para obtener estos equipos más que beneficiar viene a perjudicar con efectos sociales,  económicos y legales negativos para los consumidores, las empresas y el país en general.

Creemos que este dictamen fue elaborado y aprobado solo por un grupo de interés dentro del gobierno contra la posición de los Ministerios y Organismos de gobierno que conocen sobre estos temas y que han trabajado con una posición de respeto a los compromisos internacionales, de diálogo con el sector privado y con un interés de facilitación y no de imposición y recaudación a cualquier costo.

Esta ley pretende establecer una “tasa por servicio” denominada “Servicio de Seguridad Aduanera (SSA)” que establece un cobro o tasa ad valorem fijado en 0.26% sobre el valor total de las Mercancías o Carga declarada en todas y cada una de las Declaraciones Aduaneras de importación o exportación sin que esta tasa ad valorem refleje el costo real del servicio a ofrecer convirtiéndose en un intento de pretender introducir un impuesto disfrazado al comercio exterior.

Entre las afectaciones advertimos una violación del artículo 114 de la Constitución Política, pues con esa ley, se le impondrá una tasa a los medicamentos, vacunas y sueros de consumo humano, órtesis y prótesis. Lo  mismo que a los insumos y materia prima necesarios para la elaboración de esos productos, a pesar que la Ley Superior los exime.

De igual forma, los consumidores de nuestro país se verán afectados ya que al establecerse una “tasa” que incrementa los costos de introducción de las importaciones tanto de materias primas como productos terminados, se incrementarán irreversiblemente los precios de los bienes de consumo.

También veremos afectada nuestra competitividad frente al comercio mundial, puesto que se  incorporará esta “tasa” al costo  de nuestras exportaciones incluyendo la materia prima que importamos para los procesos de producción de exportación lo que nos hará irremediablemente perder competitividad en diferentes sectores de nuestra economía sin que haya todavía mejoras sustanciales en la infraestructura del país.

Además de que se le da una pistola con permiso de uso a la Dirección General de Aduanas en el caso de dudas de valor ya que de no pagar lo que indique Aduanas no podremos realizar la acción aduanera.

No menos perjudicial, es la violación que esa ley hace de los artículos III  y VIII del GATT referido a la cláusula de la nación más favorecida (NMF) de la OMC, y la prohibición que no  permite a los Estados cobrar servicios “ad valorem”. El valor específico debe reflejar únicamente el valor del servicio más sus gastos de recuperación.

Igualmente la violación de los artículos III y XV del Tratado General de Integración Económica por el cual se establece que las mercancías originarias del territorio de los Estados signatarios están exentos del pago de derechos de importación y de exportación, y que las mercancías en tránsito están exentas de toda clase de derechos, impuestos o contribuciones fiscales, municipales o de otro orden con motivo del tránsito.

Por lo que COSEP con el objetivo de tutelar los derechos de los consumidores, defender la competitividad empresarial y la observancia de las  normas internas e internacionales recurrirá nacional e internacionalmente contra este impuesto disfrazado que es además concesionado por un tiempo exagerado para el costo de la inversión.

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